Conciliación
Los padres acuerdan con quién vive el menor, los días de visita, vacaciones y fechas especiales.
- Tiempo
- 2 a 6 semanas
- Dónde
- ICBF, comisaría o centro de conciliación
- Puede ser
- Custodia de uno o compartida
- Fuerza
- Igual que una sentencia
Custodia compartida o de uno solo, régimen de visitas y qué pasa si no se cumple. Un abogado de familia verificado lo acompaña por WhatsApp y videollamada, en toda Colombia.
Abogados con tarjeta profesional vigente, verificable en el Registro Nacional de Abogados.
La regla de oro es el interés superior del menor. Primero se busca un acuerdo; si no hay, decide un juez.
Los padres acuerdan con quién vive el menor, los días de visita, vacaciones y fechas especiales.
Un juez de familia decide la custodia y las visitas. Escucha al menor según su edad y puede pedir estudios del entorno.
Un abogado le dice qué régimen le conviene.
Día 1Su abogado arma la propuesta de custodia y visitas.
1 semanaSe firma el acuerdo.
2–4 semanasSi no se cumple, se puede exigir.
2–6 semanas en totalNo necesita tener nada listo. Su abogado se encarga del resto.
Por WhatsApp, con sus palabras. Le escribe un abogado de familia el mismo día hábil.
Arma la propuesta de custodia y visitas, prepara la conciliación o la demanda y le indica lo poco que haga falta.
Revisa, aprueba y firma. El trámite ante la notaría, la comisaría o el juez lo lleva su abogado.
No gana quien gana más plata. Se decide lo que es mejor para el menor.
Si los padres se entienden y viven cerca, la custodia compartida es posible y cada vez más común.
Custodia, visitas y cuota casi siempre se resuelven juntas.
No le asignamos un generalista. Su caso lo lleva un abogado que solo trabaja en derecho de familia y que pasó por nuestro filtro antes de atender en La Toga.
El valor y la forma de pago quedan claros antes de empezar. Esto es lo que lo define:
Antes de empezar, su abogado le da el valor total y qué incluye. Sin sorpresas a mitad del proceso.
Dependen de si hay acuerdo o hay que ir a juez, y de si se resuelven también las visitas y la cuota.
La conciliación en ICBF o comisaría no tiene costo de trámite. En juzgado, notificaciones y copias. Se detallan aparte.
¿No está su pregunta? Escríbanos y se la responde un abogado.
No. Se decide según el interés del menor. El papá también puede tener la custodia, o pueden compartirla.
Que el menor vive con los dos padres por periodos, y los dos toman las decisiones del día a día.
Se puede pedir que se cumplan ante la comisaría o el juez, y el incumplimiento repetido puede llevar a cambiar el régimen.
Su opinión se escucha y pesa más con la edad, pero la decisión final es del juez pensando en su bienestar.
Si cambia la ciudad, hay que ajustar el régimen de visitas, por acuerdo o con autorización del juez.
No. La custodia es con quién vive el menor. La patria potestad son los derechos y deberes legales que tienen los dos padres.
Cuéntenos su caso y le escribe un abogado de familia verificado, por WhatsApp, el mismo día hábil.