La petición
Se pide por escrito lo que necesita: información, documentos o una decisión.
- Plazo general
- 15 días hábiles
- Documentos
- 10 días hábiles
- Consultas
- 30 días hábiles
- Costo
- Sin costo
A entidades públicas y a muchas empresas privadas. Un abogado verificado redacta su derecho de petición para que la respuesta sea de fondo. Por WhatsApp y videollamada, en toda Colombia.
Abogados con tarjeta profesional vigente, verificable en el Registro Nacional de Abogados.
Si no responden a tiempo, hay tutela.
Se pide por escrito lo que necesita: información, documentos o una decisión.
La falta de respuesta vulnera su derecho. El juez puede ordenar que respondan.
Un abogado revisa qué necesita pedir.
HoySe redacta la petición.
DíasSe presenta y se guarda constancia.
DíasSi no responden, tutela.
SemanasNo necesita tener nada listo. Su abogado se encarga del resto.
Por WhatsApp, con sus palabras. Le escribe un abogado constitucionalista el mismo día hábil.
Redacta la petición para que la respuesta sea de fondo, la radica y presenta tutela si no responden.
Revisa, aprueba y firma. El trámite ante la EPS, la entidad o el juez de tutela lo lleva su abogado.
Por regla general (Ley 1755 de 2015).
No basta con contestar. Deben resolver lo que usted pidió, aunque sea para negarlo con razones.
Cada uno tiene su página con tiempos y pasos.
No le asignamos un generalista. Su caso lo lleva un abogado que solo trabaja en derecho constitucional y salud y que pasó por nuestro filtro antes de atender en La Toga.
El valor y la forma de pago quedan claros antes de empezar. Esto es lo que lo define:
Antes de empezar, su abogado le da el valor total y qué incluye. Sin sorpresas a mitad del proceso.
Presentarlo no tiene costo. Los honorarios por redactarlo dependen del caso.
No hay gastos.
¿No está su pregunta? Escríbanos y se la responde un abogado.
15 días hábiles por regla general; 10 para documentos y 30 para consultas.
Sí, en muchos casos, como bancos, EPS o empresas de servicios públicos.
Se puede presentar una tutela.
Sí, por los canales que tenga la entidad.
No.
Sí, pero con razones y de fondo.
Cuéntenos su caso y le escribe un abogado constitucionalista verificado, por WhatsApp, el mismo día hábil.