Modelo de derecho de petición: arme el suyo en un minuto.
Conteste unas preguntas y el escrito se arma solo, listo para entregar. Además le decimos qué día vence el plazo para que le respondan.
- Listo para entregarPara copiar, bajar en Word o imprimir
- El plazo exactoCon los días hábiles y los festivos
- Sus datos no salenNo se guardan ni se envían
Si la entrega el lunes 19 de octubre de 2026, le tienen que responder a más tardar el martes 10 de noviembre de 2026 (15 días hábiles).
______________, 19 de octubre de 2026
Señores
________________________
______________
Asunto: derecho de petición, solicitud.
__________________________, identificado(a) con cédula de ciudadanía n.º ____________, en ejercicio del derecho fundamental de petición del artículo 23 de la Constitución Política, regulado por la Ley 1755 de 2015, respetuosamente presento la siguiente petición.
Petición
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Fundamentos
Artículo 23 de la Constitución Política y Ley 1755 de 2015. De acuerdo con el artículo 14 de esa ley, esta petición debe responderse dentro de los 15 días hábiles siguientes a su recepción.
Notificaciones
Recibiré la respuesta en: ______________________________.
Atentamente,
______________________________
__________________________
C. C. ____________
Si necesitan más tiempo, deben avisarle antes de que se venza el plazo, y no pueden pasar del doble. Si no le responden a tiempo, puede presentar una tutela.
Modelo orientativo con la Ley 1755 de 2015. Lo que escribe no sale de su navegador.
Cómo hacer un derecho de petición que le respondan
Claro, concreto y entregado de forma que quede constancia.
Diga qué pide
Una petición concreta: un documento, una respuesta o una solución. Si son varias, numérelas.
Claro y concretoEntréguelo con constancia
En la ventanilla, con copia radicada, o por el correo o el canal en línea de la entidad. Guarde el número de radicado.
Con radicadoCuente los días
Desde el día siguiente a la entrega corren 15 días hábiles (10 para copias e información y 30 para consultas).
Si no responden, tutelaDerecho de petición: lo que más preguntan.
¿Qué es un derecho de petición?
Una solicitud que cualquier persona puede presentar a una entidad pública o a una empresa privada para pedir información, documentos o que le resuelvan algo. Está en el artículo 23 de la Constitución.
¿Cuánto tiempo tienen para responder?
15 días hábiles en general, 10 si pide documentos o información y 30 si es una consulta (artículo 14 de la Ley 1755 de 2015). Si necesitan más tiempo, deben avisarle antes del vencimiento, y no pueden pasar del doble.
¿Se puede presentar a una empresa privada?
Sí: a bancos, EPS, empresas de servicios públicos y otras organizaciones privadas (artículo 32 de la Ley 1755 de 2015).
¿Necesito un abogado?
No. Lo puede presentar usted mismo. Un abogado ayuda si la respuesta es negativa o si no le responden.
¿Qué hago si no me responden?
Puede presentar una tutela para que un juez ordene responder. Los días hábiles no cuentan sábados, domingos ni festivos.
¿Qué debe tener la petición?
A quién va dirigida, sus datos, lo que pide, las razones, los documentos que adjunta, si los hay, y dónde recibir la respuesta (artículo 16 de la Ley 1755 de 2015).
¿No le responden? Un abogado lo ayuda con la tutela.
Cuéntenos qué le pasa y le escribe un abogado especialista por WhatsApp, el mismo día hábil.
- Respuesta el mismo día hábil
- Abogados verificados
- 100% confidencial